3 de agosto de 2011

REFORMA DE LAS PENSIONES

El 2 de agosto de 2011 se ha publicado la Ley 27/2011 sobre la actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, es decir, la REFORMA de las PENSIONES y otras medidas de especial índole.

Como es normal, estas modificaciones, no se aplican a quien ya esté cobrando una pensión.

Como ya se sabe, por activa o por pasiva, la principal modificación es que la edad de jubilación se amplía de forma progresiva hasta los 67 años. Hasta 2027 no termina la etapa de adaptación. En 2021 la edad será de 66 años, uno más que en la actualidad. Las personas que hayan cotizado más de 38,5 años podrán seguir jubilándose a los 65 años.

También se ha modificado el periodo de cálculo para la pensión que pasa de los últimos 15 años cotizados a los últimos 25 años. Esto comienza a cambiar en 2013 a razón de un año por año, y por tanto en 2023 llegaremos a los 25 años.

Que bien…trabajas más para cobrar menos…

Otros puntos de la reforma reconocen la cotización de becarios o personas que hayan hecho el servicio militar o prestación sustitutoria, también se reconoce el tiempo de las personas que dejen de trabajar por cuidar de los hijos como periodo cotizado e introduce una pequeña reforma en el Régimen de las Empleadas del Hogar (éste se explica en el artículo que tengo publicado).


Por último, se introducen unas reformas para evitar prejubilaciones y jubilaciones anticipadas. Las empresas no podrán acoger a sus trabajadores a prejubilaciones si tienen menos de 55 años (antes era 52), y si una empresa tuvo beneficios en los dos últimos años y realiza un ERE a mayores de 50 años tendrá que compensar al Estado económicamente para pagar cotizaciones sociales.
Adjunto tablas para que quede un poco más claro como va a ser el recorrido para poder jubilarte en función de cuando cumplas los años:



































©ARCOLaboral

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